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Aquí encontrará respuestas a las preguntas más comunes que nuestros clientes nos han hecho. Si no encuentra la información que necesita, contáctenos sin ningún compromiso.
¿QUÉ ES UNA UVT?
La Unidad de Valor Tributario es la medida de valor establecida con el fin de simplificar los cálculos y obligaciones tributarias, así como el pago de otras rentas del Estado.
Fue creada por el Gobierno de Colombia y la calcula anualmente la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN.
¿CUANTO VALE LA UVT EN COLOMBIA PARA EL 2024?
Luego de que el Dane expidiera la Certificación del 6 de octubre de 2023, mediante la cual definió el índice de precios al consumidor –IPC– con corte al 1 de octubre de 2023, la Dian publicó la Resolución 000187 de noviembre 28 de 2023, fijando el valor de la UVT para 2024 en $47.065,
¿CUAL ES LA SANCIÓN MINIMA SEGÚN LA UVT 2024?
El valor de la sanción mínima, establecida en el artículo 639 del ET, quedaría fijada en $471.000 (10 UVT). Al respecto, de acuerdo con lo indicado en el inciso segundo del artículo 639 del ET.
¿CUALES SON LOS MONTOS PARA NO SER RESPONSABLE DE IVA PERSONAS NATURALES?
Las personas naturales que pretendan pertenecer al universo de los no responsables del IVA durante 2024 (antiguo régimen simplificado del IVA) no podrán haber percibido en los 2023 ingresos brutos por operaciones gravadas con IVA que hayan estado por encima de los $148.442.000.
Además, durante el 2024 no podrán celebrar contratos por venta de bienes o prestación de servicios gravados que superen los $164.728.000 (3.500 UVT × $47.065), y sus consignaciones bancarias o inversiones financieras que realicen durante el 2024, provenientes solamente de las actividades gravadas con IVA, tampoco podrán exceder ese mismo valor.
¿CUAL ES EL TOPE DE INGRESOS PARA PERTENECER AL REGÍMEN SIMPLE DE TRIBUTACIÓN?
De acuerdo con el artículo 905 del ET, podrán ser contribuyentes del régimen simple las personas naturales y jurídicas cuyos ingresos brutos ordinarios o extraordinarios sean inferiores a 100.000 UVT.
Así, por el año gravable 2024 podrán optar por pertenecer al régimen simple las personas naturales y jurídicas cuyos ingresos sean inferiores a $4.706.500.000-
¿CUAL ES LA CUANTÍA MINIMA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE PARA ASALARIADOS?
En la tabla de retención en la fuente para asalariados contenida en el artículo 383 del ET (la cual también se aplica a aquellas personas naturales residentes del régimen ordinario que perciban rentas de trabajo por honorarios, comisiones, servicios o emolumentos), si los pagos mensuales depurados no superan los $4.471.000 (95 UVT), la retención será de cero pesos.
¿QUIENES ESTAN OBLIGADOS A TENER REVISOR FISCAL EN EL 2024?
En 2024, y de acuerdo con el artículo 203 del Código de Comercio, toda sociedad por acciones debe tener revisor fiscal independientemente del monto de sus ingresos o de sus activos, excepto las S.A.S., como se precisa más adelante.
En 2024, las sociedades que no sean por acciones deben tener revisor fiscal quienes, a 31 de diciembre de 2023, tengan activos iguales o superiores a $5.000.000.000 (cinco mil millones de pesos) o ingresos iguales o superiores a $3.000.000.000 (tres mil millones de pesos).
Son 5.000 y 3.000 salarios mínimos respectivamente, y se toma el salario mínimo del año anterior, esto es, del 2023

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